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SECRETARÍA GENERAL

La Secretaría General es la dependencia responsable de brindar apoyo administrativo al Pleno de Magistrados y a la Presidencia, de conformidad con lo establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos. La Secretaría General, sirve de enlace entre las autoridades y las dependencias del Tribunal Supremo Electoral con organizaciones políticas, ciudadanos, entidades y organismos nacionales e internacionales.  Tiene dentro de sus atribuciones elaborar las resoluciones y acuerdos que se emiten por el Pleno de Magistrados y velar porque se realicen las notificaciones de dichos documentos. Dentro de otras, tiene la función de extender las credenciales que correspondan, asistir a las sesiones del Tribunal, siendo además la responsable de los sellos de seguridad.   

Base Legal:

  • Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas, artículos 143, 144 y 145.
  • Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, Acuerdo No. 018-2007 del Tribunal Supremo Electoral y sus reformas.
  • Acuerdo número 217-2016, en el cual se aprueba que el Departamento de Comunicación dependa directamente de la Secretaría General del Tribunal Supremo Electoral.
  • Y otras disposiciones mandadas por autoridad competente.

 Objetivos de la Dependencia:

  •  Brindar apoyo oportuno y eficiente al Pleno de Magistrados y a la Presidencia del Tribunal, así como velar por la celeridad en la ejecución de las disposiciones del Pleno de Magistrados y la Presidencia.
  • Lograr una comunicación acertada con las dependencias de la institución.
  • Elaborar eficaz, eficientemente y con la debida celeridad, todos los proyectos de Providencias, Acuerdos y Resoluciones que deban ser sometidos a consideración y aprobación del Pleno de Magistrados y la Presidencia de la institución, así como su respectiva notificación.

 Funciones de la Dependencia:

 Ser el encargado administrativo de las oficinas del Tribunal Supremo Electoral.

  • Asistir a las sesiones del Tribunal Supremo Electoral.
  • Elaborar las resoluciones y acuerdos que le correspondan, así como velar porque se practiquen las notificaciones pertinentes.
  • Formular las minutas respectivas, redactar y firmar las actas correspondientes.
  • Ser el responsable de la organización y manejo del archivo del tribunal.
  • Extender las credenciales que correspondan.
  • Formular y ordenar las publicaciones que ordene la ley.
  • Ser el responsable de los sellos de seguridad; y,
  • Ser responsable de la ejecución y cumplimiento de las funciones que le sean asignadas por el Tribunal Supremo Electoral.

 La Secretaría General está integrada por las dependencias que se describen a continuación:

 

Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión

La Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión es la dependencia encargada de ser enlace técnico del Tribunal Supremo Electoral con las organizaciones políticas y los medios de comunicación; coordina la compilación, integración y ejecución del plan de medios y distribución igualitaria de recursos públicos para espacios y tiempos en los medios de comunicación, entre las organizaciones políticas en tiempo electoral; coordina, supervisa y evalúa a las entidades externas contratadas por el Tribunal Supremo Electoral que realizarán el monitoreo de cumplimiento y detección de pautas contratada con los medios de comunicación social;  supervisa de conformidad con la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el cumplimiento de las publicaciones de los estudios de opinión; rendir informes periódicos al Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral de las actividades que realice y poner de inmediato conocimiento, de cualquier trasgresión de la ley dentro del marco de su competencia;  monitorear y fiscalizar las pautas, entre otras.

Base Legal:

  • Decreto 1-85 Ley Electoral y de Partidos Políticos y sus reformas (Decreto 26-2016 Reformas a la Ley Electoral y de Partidos Políticos), Artículos 121, 125 literal p), 220, 221, 222 y 223.
  • Artículos transitorios del Decreto 26-2016 del Congreso de la República, Artículo 66 literal b.
  • Acuerdo Número 305-2016 del Tribunal Supremo Electoral del 28 de noviembre del 2016. Crea la “Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión”.
  • Acuerdo Número 307-2016 del Tribunal Supremo Electoral del 28 de noviembre de 2016. Reglamento específico de la “Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión”.
  • Acuerdo Número 337-2016 del Tribunal Supremo Electoral del 13 de diciembre de 2016. Ampliación del Acuerdo Número 307-2016.
  • Acuerdo Número 135-2017 del Tribunal Supremo Electoral del 18 de julio de 2017. Implementación de la “Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión”.
  • Acuerdo Número 110-2019 del Tribunal Supremo Electoral del 6 de marzo de 2019. Modificación los Artículos 16 y 17 del Reglamento de la Unidad Especializada sobre Medios de Comunicación y Estudios de Opinión.

 Objetivos de la Dependencia:

  •  Establecer lo relativo a la distribución igualitaria de recursos públicos para espacios y tiempos en los medios de comunicación social, para las organizaciones políticas.
  • Coadyuvar en el procedimiento de investigación para establecer la contravención a la Ley Electoral y de Partidos Políticos y su Reglamento dentro de su respectiva competencia.
  • Realizar el monitoreo permanente de los medios de comunicación, para la detección de contenido de tipo electoral que pueda transgredir la LEPP y los reglamentos que regulan la materia.

Funciones de la Dependencia:

  • Ser el enlace técnico del Tribunal Supremo Electoral con las organizaciones políticas y los medios de comunicación.
  • Coordinar la compilación, integración y ejecución del plan de medios, en la distribución igualitaria de recursos públicos para espacios y tiempos en los medios de comunicación, entre las organizaciones políticas en tiempo electoral.
  • Coordinar, en tiempo no electoral, las acciones necesarias para la contratación de medios, de conformidad con la planificación presentada por las organizaciones políticas, de conformidad con los artículos 20, 21 Bis y 222 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
  • Coordinar, supervisar y evaluar a las entidades externas contratadas por el Tribunal Supremo Electoral que realizarán el monitoreo de cumplimiento y detección de pauta contratada con los medios de comunicación social.
  • Supervisar de conformidad con el artículo 223 Ter de la Ley Electoral y de Partidos Políticos, el cumplimiento de las publicaciones de los estudios de opinión.
  • Rendir informes periódicos al Pleno de Magistrados de las actividades que realice y poner de inmediato conocimiento en coordinación con lo que establece el Artículo 6 de este Reglamento, de cualquier trasgresión a la Ley dentro del marco de su competencia.
  • Monitorear y fiscalizar las pautas publicitarias.
  • Velar por el cumplimiento de las normas y procesos científicos correspondientes al análisis y/o elaboración de estudios de opinión, requeridos por las autoridades de la Institución.
  • Desarrollar y/o implementar plataformas, aplicaciones de informática, requerir software especializado o sistemas de control en áreas de su competencia, necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
  • Crear el registro respectivo de las empresas que presten los servicios de medios de comunicación.
  • Emitir instructivos, manuales y formularios, aprobados por el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral.
  • Contar con asistencia técnica, nacional o internacional, previa autorización del Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral, para el desarrollo de sus funciones.
  • Las demás funciones inherentes a la naturaleza de sus actividades y las que la autoridad superior le asigne para realizar eficazmente las funciones de la Institución.

 

Departamento de Fortalecimiento y Cooperación Interna y Externa

El Departamento de Fortalecimiento y Cooperación Interna y Externa, es la dependencia encargada  de las relaciones con los organismos cooperantes para la institución, además de coordinar, facilitar y apoyar el proceso de gestión, negociación y seguimiento de la cooperación técnica y financiera, nacional e internacional, a efecto de obtener en las mejores condiciones, los recursos necesarios que complementen al Tribunal Supremo Electoral para la ejecución de programas, proyectos y actividades en el marco de sus políticas institucionales.

Este departamento, además, para alcanzar el logro de sus fines, sostiene una relación permanente con organismos electorales regionales y las instituciones que los aglutinan, como lo son el Protocolo de Tikal, el Protocolo de Quito y la Unión Interamericana de Organismos Electorales -UNIORE-, con el propósito fundamental de fortalecer el sistema democrático de la región, mediante el intercambio de buenas prácticas.

Base Legal:

  • Acuerdo número 654-2008, que modifica la denominación “Departamento de Relaciones Públicas y Protocolo”, por la de “Departamento de Cooperación”.
  • Acuerdo 217-2016, mediante el cual se suprime la Dirección de Comunicación y Cooperación y se integran los Departamentos de Comunicación, Cooperación y Protocolo a Secretaría General.
  • Acuerdo 476-2021, por medio del cual el Pleno de Magistrados, en el artículo número 6, aprueba la modificación del Organigrama específico del Tribunal Supremo Electoral, reconociendo a esta dependencia, con el nombre de Departamento de Fortalecimiento y Cooperación Interna y Externa.

 Objetivos de la Dependencia:

  •  Gestionar la cooperación nacional e internacional en apoyo a la implementación de las políticas institucionales y los programas priorizados por el Pleno de Magistrados.
  • Dar seguimiento a la ejecución de los compromisos establecidos en los instrumentos suscritos con cooperantes nacionales, internacionales y con los organismos electorales.
  • Obtener en las mejores condiciones, los recursos necesarios que complementen las disponibilidades del Tribunal Supremo Electoral, en el marco de sus políticas.

Funciones de la Dependencia:

  • Realizar enlaces entre organismos cooperantes, países amigos y el Tribunal Supremo Electoral.
  • Buscar y gestionar donaciones y financiamiento para la realización de diferentes proyectos en materia electoral u otros.
  • Coordinar, facilitar y apoyar el proceso de gestión, negociación y seguimiento de la cooperación técnica y financiera, nacional e internacional, con el fin de obtener en las mejores condiciones, los recursos necesarios que complementen las disponibilidades del Tribunal Supremo Electoral para la ejecución de programas, proyectos y actividades en el marco de sus políticas institucionales.
  • Brindar apoyo a magistrados y funcionarios de este Tribunal, en aspectos de cooperación.
  • Generar interacciones con organismos nacionales e internacionales, así con organismos electorales regionales y sus instancias, en apoyo a las acciones y/o prioridades que el Pleno de Magistrados requiera.
  • Gestionar y generar espacios intra e interinstitucionales para la correcta fluidez de la cooperación nacional e internacional.
  • Concretar la suscripción de diferentes instrumentos de cooperación que permitan ser el complemento que la institución necesita para su fortalecimiento interno y externo.
  • Cumplir con los compromisos de cooperación internacional horizontal establecidos en el Acta de Protocolo de Tikal.

 

Departamento de Protocolo

Es la dependencia encargada de brindar apoyo a Magistrados y funcionarios de este Tribunal, en aspectos y actividades de logística y protocolo, brindar soporte en trámites migratorios, es la responsable de organizar, montar y dar cobertura y soporte logístico a eventos académicos y culturales, en los cuales participa u organiza el Tribunal Supremo Electoral. Adicionalmente otorgar las acreditaciones a los observadores nacionales e internacionales de los procesos electorales.

Base Legal:

  • Acuerdo número 456-2008 del Tribunal Supremo Electoral, mediante el cual se crea el Departamento de Comunicación.
  • Acuerdo número 654-2008, que modifica la denominación "Departamento de Relaciones Públicas y Protocolo", por la de "Departamento De Cooperación" y además crea la Sección de Protocolo, dependiendo de ese Departamento.
  • Acuerdo número 124-2009 en el cual se establece que el Departamento de Comunicación funge como Unidad de Información Pública.
  • Acuerdo 217-2016 por medio del cual se constituye como Departamento de Protocolo.

Objetivos de la Dependencia:

  • Ser el medio de comunicación entre el Tribunal Supremo Electoral y las dependencias del Ministerio de Relaciones Exteriores en asuntos competentes al Departamento de Protocolo, y los que le sean asignados por las altas autoridades de este Tribunal.
  • Así mismo, coordinar, supervisar y evaluar el desarrollo del ceremonial protocolario de todas las actividades, actos o ceremonias de carácter institucional internas o externas en las cuales participen los Señores Magistrados.
  • Es el responsable de enviar y recibir invitaciones emanadas del Pleno de Magistrados, Presidencia, Secretaría General, Funcionarios y Directores, por ser el departamento que brinda atención y acreditación de los observadores nacionales e internacionales, planificando y estableciendo las rutas de observación electoral aprobadas por el Pleno de Magistrados.
  • Prestar la atención protocolaria a los funcionarios que por delegación sean nombrados a representar a las y los Magistrados en todas las actividades y eventos, el departamento de Protocolo respetará toda aquella normativa legal y/o -convencional que para el efecto es considerada de carácter protocolaria.
  • Coordinar, organizar y apoyar en los diferentes eventos y actividades internas y externas para lograr en actos públicos y privados, en donde tenga participación el Tribunal Supremo Electoral, sus autoridades y diferentes dependencias.
  • Apoyar y acompañar, en entrevistas, declaraciones y apariciones públicas a los Magistrados, de este Tribunal.

Funciones de la Dependencia:

  • Encargado de dar cobertura y soporte protocolario en los actos y eventos públicos organizados por el pleno de magistrados y otras dependencias del Tribunal Supremo Electoral.
  • Atención Protocolaria a las Autoridades Superiores del Tribunal Supremo Electoral en los distintos eventos en los que participen.
  • Atención protocolaria a las Autoridades Superiores, Funcionarios y Directores del Tribunal Supremo Electoral e invitados especiales, en comisiones oficiales en aeropuertos del país.
  • Atención Protocolaria a los representantes de los Partidos Políticos en reuniones mensuales.
  • Atención a las personas que visitan a los Señores Magistrados del Tribunal Supremo Electoral dentro de la sede central.
  • Planificación y coordinación de Observación Electoral Nacional e Internacional, enviando invitación e información preliminar que sea necesaria a los Organismos Electorales Internacionales, Cuerpo Diplomático, instituciones del Estado y organismos no gubernamentales nacionales sobre las Elecciones Generales que se estarán realizando en Guatemala en el año 2023.
  • Coordinación de la utilización de los salones: Herbruger, Banderas y Espejos; por las dependencias del Tribunal Supremo Electoral.
  • Atención protocolaria a los Secretarios de los Partidos Políticos.
  • Atención a Funcionarios, Directores, Jefes, Asesores del Tribunal Supremo Electoral e Invitados Especiales.
  • Preparar y proponer la organización de los actos de ceremonia de convocatoria y conclusión de elecciones, proporcionando y coordinando la logística necesaria para la realización del mismo (infraestructura para el evento, montaje, distribución de invitaciones, alimentos, accesos y seguridad).
  • Atender los lineamientos del magistrado responsable de la observación nacional e internacional, relativos a los aspectos técnicos para la organización de rutas de visitas y distribución de observación electoral, en diferentes centros de votación.
  • Atención protocolaria y de logística, conforme al programa de los observadores electorales a los centros de votación, así como agrupaciones políticas, medios de comunicación, grupos académicos y de la sociedad civil.
  • Envío de felicitaciones o condolencias a instituciones nacionales o de países amigos, por motivo de aniversarios o de funciones de personalidades o funcionarios.
  • Ser responsable de elaborar el plan operativo anual con su respectivo proyecto de presupuesto de la dependencia bajo su cargo, con el apoyo de la dirección de planificación, así como ser responsable de la ejecución y monitoreo de los mismos.
  • Atención al pleno de magistrados en conferencia de prensa.
  • Atención en acto de convocatoria a elecciones generales.
  • Atención protocolaria en observación electoral.
  • Atención en rutas de observación electoral.
  • Atención a invitados internacionales al proceso electoral.
  • Gestión y seguimiento de invitaciones para eventos del proceso electoral.
  • Gestión de contratación de agencia de viajes para la compra de boletos aéreos, para observadores internacionales.
  • Gestión de contratación de hotel (alimentación y hospedaje) a utilizarse en el proceso electoral.
  • Coordinación, control y logística de habitaciones y alimentos para eventos electorales.

 

Unidad de Información Pública

La Unidad de Información Pública del Tribunal Supremo Electoral, fue creada mediante Acuerdo número 318-2020 del Tribunal Supremo Electoral, dependiendo jerárquicamente de la Secretaría General, cuyo fundamento de creación se encuentra en los artículos 10 y 70 de la Ley de Acceso a la Información Pública. Es la dependencia encargada de recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública, así como de orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública, que tiene enlaces en todas las oficinas o dependencias del Tribunal supremo Electoral, para garantizar el acceso a la información pública como derecho humano fundamental previsto en la Constitución Política de la República de Guatemala y los tratados y convenios internacionales en esta materia ratificados por el Estado de Guatemala.

Base Legal:

  • Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Ley Electoral y de Partidos Políticos, Decreto 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente.
  • Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos.
  • Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto No. 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Acuerdo Número 318-2020, emitido por el Tribunal Supremo Electoral, de fecha 23 de septiembre de 2020, por medio del cual se creó la Unidad de Información Pública.

Objetivos de la Dependencia:

  • Garantizar el derecho a solicitar y a tener acceso a la información pública de la Institución.
  • Garantizar el derecho a conocer y proteger los datos personales de los archivos estatales, así como de las actualizaciones de los mismos.
  • Garantizar la transparencia y el derecho de toda persona a tener acceso libre a la información pública.
  • Establecer como obligatorio el principio de máxima publicidad y transparencia.
  • Establecer los supuestos en que se restrinja el acceso a la información pública de forma de excepción y de manera limitativa de conformidad con la Ley de la materia.
  • Garantizar que toda persona tenga acceso a ser informados de los actos públicos de la Institución.

Funciones de la Dependencia:

  • Recibir y tramitar las solicitudes de acceso a la información pública conforme los procedimientos establecidos en la ley de la materia.
  • Orientar a los interesados en la formulación de solicitudes de información pública.
  • Proporcionar para su consulta la información pública solicitada, siempre que se encuentre en los archivos del Tribunal Supremo Electoral.
  • Extender o proporcionar copia simple o certificada de la información solicitada.
  • Coordinar, organizar, administrar, custodiar y sistematizar los archivos que contengan la información pública a su cargo.
  • Coordinar la actualización de la Información Pública de oficio en la página web del Tribunal Supremo Electoral.
  • Las demás obligaciones que señale la Ley de Información Pública y las autoridades del Tribunal Supremo Electoral.

 

Archivo del Tribunal

Es la dependencia responsable de conservar y proteger toda la documentación de la Institución a nivel general, así como de administrar el manejo y control de toda la documentación para proporcionarla de forma inmediata cuando ésta sea requerida y planificar métodos de mejoramiento del control y manejo de la documentación ingresada.

 

Dirección de Comunicación Social

La Dirección de Comunicación Social del Tribunal Supremo Electoral es la encargada de la comunicación interna y externa de la institución sobre la información más importante, socializando a nivel nacional como internacional los temas electorales que son de interés para los medios de comunicación y posesionar de manera positiva la imagen del Tribunal Supremo Electoral.

Elabora las estrategias comunicacionales y publicitarias, estableciendo para ello políticas uniformes de comunicación.

Es la encargada de brindar atención y mantener una buena relación con la prensa, en las que se reciben los requerimientos de los reporteros que cubren el Tribunal Supremo Electoral como fuente noticiosa.

Facilita las entrevistas solicitadas por los reporteros, con los señores Magistrados, Funcionarios y Directores del Tribunal Supremo Electoral, tanto en la institución como la asistencia de autoridades a los diferentes medios de comunicación que así lo requieran, así como, elaborar notas informativas y distribuirlas a los medios de comunicación y toma de fotografías para publicarlas en la página Web institucional y redes sociales.

Base Legal:

  • Numeral 5.10 del Acta 44-2022 del Pleno de Magistrados, donde se aprobó la reestructuración del Departamento de Comunicación, creando la Dirección de Comunicación Social, con los siguientes Departamentos: Departamento de Relacionamiento con Medios de Comunicación, Monitoreo y Logística y el Departamento de Relacionamiento con Instancias Internas.

 Objetivos de la dependencia:

  •  Planificar, organizar, dirigir y coordinar programas, actividades y estrategias de comunicación institucional.
  • Dirigir las relaciones públicas de la institución con la sociedad en sentido general.
  • Revisar los discursos y documentos públicos que emite el Tribunal.
  • Lograr el perfeccionamiento en el desarrollo de los diferentes actos públicos y privados, eventos protocolarios organizados por el Tribunal Supremo Electoral.
  • Tener un acercamiento armónico con los medios de comunicación para lograr cobertura en temas de interés para la institución, manteniéndolos informados con boletines y comunicados de prensa, en cada evento que se realiza.
  • Coordinar las actividades con el Departamento de Fortalecimiento y Cooperación Interna y Externa, para establecer los mecanismos de trabajo, con el fin de realizar de mejor forma las actividades que competen a cada departamento.
  • Realizar enlaces entre países amigos y este Tribunal, para la obtención de recursos.
  • Fomentar la apertura Institucional con países amigos.
  • Atender a los medios de comunicación, tanto nacionales como internacionales, facilitando la entrega de información relevante del Tribunal Supremo Electoral.
  • Brindar apoyo logístico a la cobertura que tengan estoy medios en el Proceso Electoral y de otorgar las acreditaciones a los representantes de los mismos.
  • Gestionar la publicación de los resultados de las votaciones que ha recibido en medios electrónicos y documentales, en los medios de comunicación correspondiente, previa autorización de la Presidencia.
  • Diseñar estrategias de comunicación y campañas de divulgación, sobre las actividades que desarrollan las dependencias del Tribunal Supremo Electoral en período electoral y no electoral, para mantener informados a los trabajadores y a la ciudadanía.
  • Coordinar la comunicación directa entre los medios de comunicación, nacionales e internacionales, exclusivamente en materia de declaraciones de prensa, con la Presidencia o el Pleno de Magistrados del Tribunal Supremo Electoral.
  • Coordinar con el Vocero del Tribunal Supremo Electoral las declaraciones e información que se proporcione a los medios de comunicación locales e internacionales.
  • Dar cobertura y divulgar actividades que realice el Tribunal Supremo Electoral por los diferentes medios y redes sociales, utilizando las memorias escritas y fotográficas de éstas.
  • Mantener relación directa y cordial con los medios de comunicación escrita, radial, televisiva y por cable.
  • Capacitar y asesorar al personal del Tribunal Supremo Electoral en materia de divulgación y comunicación, así como en el manejo de micrófonos y otros similares.
  • Elaborar, revisar y editar comunicados y boletines de prensa Institucionales o específicos de las dependencias, para consideración y autorización del Pleno de Magistrados previo a su divulgación.
  • Convocar a ruedas o conferencias de prensa, cuando el Pleno de Magistrados se lo indique o proponer la convocatoria, cuando las actividades o eventos se encuentren planificados y coordinar con el Vocero del Tribunal para su participación.
  • Supervisar la administración y actualización de la página Web del Tribunal Supremo Electoral y otras páginas de divulgación que se requieran.
  • Coordinar diariamente el monitoreo de noticias en los medios de comunicación escritos, radiales, televisivos, por cable y otros, sobre temas electorales o relacionados con el Tribunal Supremo Electoral.
  • Estar alerta a situaciones que pudieran afectar al Tribunal Supremo Electoral, para prevenir a las Autoridades Electorales.
  • Realizar el monitoreo de medios de comunicación para informarse en el momento de producirse noticia que afecte o tenga interés el Tribunal Supremo Electoral.

La Dirección de Comunicación Social está conformada por los siguientes Departamentos:

 

Departamento de Relacionamiento con Medios de Comunicación, Monitoreo y Logística

El Departamento de Relacionamiento con Medios de Comunicación, Monitoreo y Logística, es el encargado de mantener actualizada la información que se remite a los medios de comunicación, coordinar a los reporteros, fotógrafos, camarógrafos, al vocero y el monitoreo de medios de comunicación nacionales e internacionales.

Desarrollar los objetivos institucionales para fortalecer la imagen del Tribunal, así como, desarrollo de propuestas para comunicados de prensa que emita el vocero o los Magistrados.

Y participar de manera activa en la creación del Plan de Comunicación del Proceso Electoral.

 

Departamento de Relacionamiento con las Instancias Internas

Una de sus principales funciones es la de recabar información interna de las distintas dependencias del Tribunal e incluirla en los distintos medios de comunicación interna que se usan en la Institución. Asimismo, el evaluar las ventajas, retos y necesidades para la implementación de canales bidireccionales con el personal del Tribunal (whatsapp, revistas, intranet, etc.), apoyar a la Dirección de Recursos Humanos para realizar actividades de integración en todas las dependencias de la institución. Así como, participar de manera activa en la creación del Plan de Comunicación del Proceso Electoral.

Adecuar todos los contenidos previamente aprobados por el Director de Comunicación Social, a los canales de comunicación interna, de forma digital o impresa.

Mantener una comunicación abierta y constante con la Secretaría General y con la Dirección de Recursos Humanos, para mantener informados a todos los trabajadores de las distintas dependencias de las actividades organizadas para fortalecer la cultura organizacional del Tribunal.

 

ORGANIGRAMA DE LA SECRETARÍA GENERAL Y SUS DEPENDENCIA

  • Corte de Constitucionalidad
  • Congreso de la República
  • Ministerio Púbico
  • Procuraduría de los Derechos Humanos

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